Ley de Plataformas Digitales 21.220. El teletrabajo también se regula

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Ley de plataformas digitales regula el teletrabajo

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El shock de la pandemia llegó con tantos cambios que ya han pasado casi 3 años y todos hemos debido adaptarnos a una nueva forma de hacer las cosas.

 

Como te habíamos contado en ediciones anteriores, los desafíos que trajo el Covid para el área de recursos humanos han sido muchísimo y uno de esos fue el teletrabajo.

 

Si bien esta modalidad de trabajo existía desde hace mucho tiempo antes, fue la opción que muchas empresas tomaron para continuar con sus funciones durante la alerta sanitaria. No hubo tiempo para adaptaciones y su implementación fue tan rápida como la llegada de las mascarillas. Para quienes pudieron optar por esta modalidad de trabajo fue una solución caída del cielo, pero a medida que fue pasando el tiempo, también fueron apareciendo problemas y disyuntivas de esta práctica… ¿Quién paga el internet/luz? ¿Debemos utilizar nuestros equipos personales? ¿Cómo cumplimos horarios o como marco mi entrada y salida?

Si bien muchos de estas problemáticas fueron abordadas de diferentes maneras por cada organización, hoy a dos años de pandemia, el teletrabajo parecer ser una de las opciones más requeridas por los nuevos talentos a la hora de entrar al mercado laboral, por lo que muchas empresas se han ido adaptando para ofrecer dentro de sus ofertas, la opción del teletrabajo o la modalidad híbrida, pero es también que el poder ejecutivo decidió legislar sobre este formato de trabajo para poder establecer ciertos límites en el mundo laboral.

 

Este 1 de abril entró en vigor la ley 21.220, más conocida como la ley de regulación del teletrabajo, la cual modifica el código del trabajo en materia de trabajo a distancia.

 

Sabemos que leer toda la ley puede ser un poco agobiante, pero acá te dejamos algunas de las más importantes reglas para este tipo de trabajo 👇🏻

 

        Diferencia entre trabajo a distancia y teletrabajo: en el primero el trabajador cumple sus funciones, total o parcialmente, desde su domicilio u otro lugar que no sean las instalaciones de la empresa. Por otro lado, el teletrabajo es donde el trabajador cumple sus funciones mediante la utilización de medio tecnológicos.

        Jornada de trabajo: las jornadas quedarán dentro de las reglas generales del Código del Trabajo, a menos que, por la naturaleza de sus funciones, el trabajador pueda acordar libremente una distribución de su jornada, respetando los límites máximos, diarios y semanales, como así también el descanso semanal.

        Mismos derechos, mismas obligaciones: los trabajadores que presten servicios a distancia o hagan teletrabajo tienen los mismos derechos individuales y colectivos reconocidos por el Código del Trabajo. Que en manos del empleador las siguientes obligaciones.

1.     Implementación de un mecanismo fidedigno de registro de cumplimiento de jornada de trabajo a distancia. (como nuestro módulo de control del tiempo)

2.     Se debe garantizar el derecho a desconexión, a lo menos 12 horas continuas en un periodo de 24 horas

3.     Los equipos, herramientas y/o materiales para realizar el trabajo, incluyendo los elementos de protección, deben ser proporcionados por el empleador. Al igual manera que los costos de operación, funcionamiento, mantenimiento y reparación de dichos equipos.

4.     El empleador no podrá ingresar a las dependencias donde se verifica la modalidad sin autorización del trabajador.

5.     El trabajador tiene derecho a ingresar a las instalaciones de la empresa y a la participación de las actividades colectivas que se realicen.

6.     El empleador deberá registrar el pacto regulador de la modalidad escogida en la Dirección del Trabajo.

        Contrato de trabajo: se debe incluir en el contrato de trabajo la modalidad en que se trabajará, especificando si es total o parcial, dónde se prestarán los servicios, periodo de duración que puede ser un tiempo determinado o indefinido, los mecanismos de control por parte del empleador, tiempo de desconexión.

 

 

 

Los beneficios de esta modalidad llegaron para quedarse, por lo que muchas empresas optaron con seguir las modalidades telemáticas o híbridas e incluso son parte de las condiciones laborales que muchas empresas ofrecen y hoy la Dirección del Trabajo, el teletrabajo también se regula. 

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